Ayer,
7 de enero de 2016, se inauguró la muestra "Desapareciendo"
contrarchivo de la desaparición en el Museo Camilo Egas, en el
centro histórico de Quito.
El
proyecto “Desapareciendo” busca repensar el fenómeno de los
desaparecidos en nuestro país y promover la lucha social de los
familiares y organizaciones que llevan a cabo el seguimiento y
activación de los casos de desapariciones en el Ecuador. Así lo
comentan Gary Vera y Tania Lombeida, autores del proyecto.
Esta
muestra propone una aproximación a la memoria de 12 familias de
personas desaparecidas (Carolina Garzón, Juliana Campoverde,
Geovanna Pérez, Leonor Ramírez, Telmo Pacheco, Gustavo Garzón,
Alexander Romo, Byron Rocano, Camilo Tobar, Luis Velásquez,
Christian Acevedo, Luis Sigcho) con el fin de configurar un panorama
sobre la ausencia, el olvido, la búsqueda del rastro y las políticas
institucionales. En este contexto, se parte de un ejercicio de
memoria-desclasificación-traducción de archivos domésticos para
generar un espacio de diálogo y visibilización.
El despliegue de la exposición está pensado en dos instancias: 1) Intervención pública en sitios específicos de las ciudades de Portoviejo y Quito; y 2) Expositiva desde el uso de metodologías del arte que permitan articular lecturas críticas y reflexiones sobre los casos.
A continuación el discurso inaugural de la exposición dado por Pilar Tobar, hermana de Camilo desaparecido el 17 de abril de 2012, y en representación de la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en Ecuador (Asfadec)
"Las y los desaparecidos están presentes en cada instante"
La
Constitución del Ecuador del 2008 en su artículo 45 dice: “El
Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y
protección desde la concepción”; es decir, ninguna persona puede
privar o atentar contra la vida de cualquier otra persona. Uno de los
derechos íntimamente relacionados con el derecho a la vida: derecho
a la integridad personal, el cual garantiza una vida libre de
violencia, prohíbe la tortura, la desaparición forzada y los tratos
y penas crueles, inhumanas o degradantes.
El
ser humano tiene derecho a mantener y conservar su integridad física,
psíquica y moral. La integridad personal nos pertenece desde el
momento mismo de nuestra existencia; es un derecho universal porque
pertenece a todos los seres humanos en cualquier parte del mundo, sin
distinción o discriminación de ninguna índole; es inviolable
porque ni el Estado ni la sociedad civil pueden vulnerarlo; es
necesario porque es un derecho que precautela la vida armónica de
las personas; y, es irrenunciable, porque nadie puede prescindir de
él. Es un derecho que permite al ser humano su existencia, sin
sufrir ningún tipo de menoscabo físico, psíquico y moral.
En
este contexto, la desaparición de personas ha sido catalogada por la
Corte Interamericana de Derechos Humanos como “una forma compleja
de violación de los derechos humanos que debe ser comprendida y
encarada de una manera integral” y, de acuerdo con la normativa
constitucional ecuatoriana, la desaparición de personas se configura
como una grave violación a los derechos humanos, que debe ser
analizada de manera integral, porque no afecta solamente a la víctima
sino que también a sus familiares y amigos. Sin
embargo, en Ecuador no existe un dato exacto del número de personas
desaparecidas; es decir, existe subregistro. Las estadísticas que
emiten las diferentes entidades de justicia son diferentes y
contradictorias entre sí. Lo que pone en evidencia y confiesa que no
existe en el país un panorama claro sobre la desaparición ni de la
magnitud de este problema. En consecuencia, no se visibiliza sino
sólo en forma accesoria, la necesidad de implementar una política
integral que atienda la búsqueda, investigación y hallazgo
inmediato de la persona desaparecida.
No
es suficiente contar con herramientas tecnológicas, sino que los
procedimientos y protocolos básicos de investigación sean conocidos
por los agentes a cargo de la investigación, como son Fiscales y
Policías, y que estos sean aplicados con ética y profesionalismo
para ejecutar un trabajo óptimo. Los
funcionarios de la unidad de desaparecidos no son especializados en
investigación de desapariciones. Los fiscales no realizan
seguimiento a sus disposiciones y ante el incumplimiento por parte de
los agentes investigadores, no toman acciones correctivas pero sí
creen que es suficiente con afirmar que "no pueden hacer nada
ante el incumplimiento de los agentes policiales”, violando directa
y expresamente lo consagrado en el Art. 195 de la Constitución de la
República del Ecuador, en su parte medular sobre el rol de dirección
de la acción penal que le corresponde a la Fiscalía.
En
las reuniones con el Presidente de la República, repiten una y otra
vez: “Estamos a un paso
de resolver el caso” “Hay avances importantísimos en el caso
pero no pueden ser revelados a los familiares por la reserva en la
investigación” pero
el caso de los Desaparecidos están como Actuación Administrativa y
según el COIP habla sobre la Reserva de la investigación
cuando señala que; a) la reserva aplica solamente en los procesos
penales cuando estén en la etapa de investigación previa; aplica
también a terceras personas ajenas a la investigación b)
Para ser precisos el Art. 584.- dice: Las actuaciones de la Fiscalía,
de la o el juzgador, del personal del Sistema especializado
integral de investigación, medicina legal y ciencias forenses,
la Policía Nacional y de otras instituciones que intervienen
en la investigación previa, se mantendrán en reserva, sin
perjuicio del derecho de la víctima y de las personas a las
cuales se investiga y de sus abogados a tener acceso
inmediato, efectivo y suficiente a las investigaciones, cuando
lo soliciten. Entonces ¿de qué reserva de la investigación nos
hablan?
En
referencia al desempeño de la DINASED
y al nivel de coordinación que debería tener con
la Fiscalía, se observan graves falencias de la investigación
inicial en cada uno de los casos, porque no toman en cuenta los
indicios, pruebas, testimonios o elementos de convicción de manera
prolija y técnica desde el inicio de la investigación.
El MINISTERIO
DEL INTERIOR, no ha emitido un
reporte escrito de la línea 1800-DELITO, sobre la información
recibida de la desaparición de nuestros familiares, detallando fecha
en la que se receptó la información, datos del informante,
contenido de la llamada, procedimiento que se siguió con la
información recabada, etc.
El MINISTERIO
DE JUSTICIA contrató abogados para
que realizaran acciones de acompañamiento y veeduría; sin embargo
dichos abogados nunca han presentado informe alguno o se han reunido
con los familiares para realizar observaciones o sugerencias al
proceso, por lo que desconocemos la función o servicios que estos
profesionales ofrecen.
Sobre
el cumplimiento de obligaciones de la DEFENSORÍA
DEL PUEBLO en referencia a la
observación que le compete realizar sobre el debido proceso, a la
fecha no existe un informe escrito detallado en el que se dé cuenta
de los hallazgos, observaciones, omisiones o errores procesales que
se hayan cometido en las investigaciones de los casos de nuestros
desaparecidos; especialmente de la disposición oportuna de las
autoridades competentes para el inicio de las investigaciones. Nos
interesa saber, por ejemplo, por qué no se ha realizado observación
alguna sobre la alta rotación de fiscales e investigadores, la
continua repetición de diligencias y versiones, la obtención de
pruebas que no guarda rigor técnico y no conservan cadena de
custodia, la recolección de
evidencias que no han sido ingresadas a los respectivos expedientes,
sobre las evidencias que han pasado de mano en mano, sobre
investigadores que se ausentan por más de un mes de sus
obligaciones, sobre declaraciones de fiscales que aseveran hipótesis
sin fundamento en investigaciones exhaustivas sino que en deducciones
prejuiciosas, entre otras.
Tampoco
se ha concretado la realización de una BASE DE DATOS
interinstitucional que dé cuenta de la información de personas NN
que sean atendidas por instituciones públicas o privadas de salud,
albergues, hogares de paso, centros de desintoxicación, etc…. No
existe una base de datos única de personas NN que hayan sido
enterradas en diversos cementerios del país de áreas urbanas o
rurales; ya que aún se conservan prácticas de entierro de personas
sin la debida identificación y registro.
La
desaparición de personas es una problemática que el Ecuador ha
vivido desde hace varias décadas y que las instituciones no han
podido absorber, por omisión o por intención. De no ser por la
presión de las familias, los casos como el de los Hnos. Restrepo,
Consuelo Benavides, Gustavo Garzón no hubieran sido declarados como
“desaparición forzada” por la Corte Interamericana de Derechos
Humanos, una instancia internacional, porque las instancias
nacionales no dieron respuesta alguna.
Que
este gobierno que se proclama como socialista y que, por tanto,
debería abanderarse de las reivindicaciones sociales, de nuestra
lucha por encontrar a los desaparecidos, cumpla no sólo en el
discurso sino en la acción. Que marque diferencia con los gobiernos
neoliberales que no nos abrieron las puertas, a través de la
atención a los cambios profundos que demostramos se requieren. Dicen
que Ecuador ya cambió y es cierto: el pueblo ya no se conforma con
pequeños avances, sino con un buen trabajo de principio a fin.
Hoy
nuestros desaparecidos están presentes. No sólo en esta exposición,
en las fotos que llevamos como bandera. Están presentes en cada una
de las marchas, en el grito de cada uno de nosotros, están golpeando
los bombos, cobijando a sus hijos, ayudando a sus madres a caminar,
acompañando a sus hermanos y abrazando a cada amigo.
Gracias
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