8 de enero de 2016

"Desapareciendo" se exhibirá durante un mes en Quito



Ayer, 7 de enero de 2016, se inauguró la muestra "Desapareciendo" contrarchivo de la desaparición en el Museo Camilo Egas, en el centro histórico de Quito. 
 
El proyecto “Desapareciendo” busca repensar el fenómeno de los desaparecidos en nuestro país y promover la lucha social de los familiares y organizaciones que llevan a cabo el seguimiento y activación de los casos de desapariciones en el Ecuador. Así lo comentan Gary Vera y Tania Lombeida, autores del proyecto.

Esta muestra propone una aproximación a la memoria de 12 familias de personas desaparecidas (Carolina Garzón, Juliana Campoverde, Geovanna Pérez, Leonor Ramírez, Telmo Pacheco, Gustavo Garzón, Alexander Romo, Byron Rocano, Camilo Tobar, Luis Velásquez, Christian Acevedo, Luis Sigcho) con el fin de configurar un panorama sobre la ausencia, el olvido, la búsqueda del rastro y las políticas institucionales. En este contexto, se parte de un ejercicio de memoria-desclasificación-traducción de archivos domésticos para generar un espacio de diálogo y visibilización.

El despliegue de la exposición está pensado en dos instancias: 1) Intervención pública en sitios específicos de las ciudades de Portoviejo y Quito; y 2) Expositiva desde el uso de metodologías del arte que permitan articular lecturas críticas y reflexiones sobre los casos. 

La exposición estará abierta desde el 7 al 30 de enero de 2015. Entrada libre.




A continuación el discurso inaugural de la exposición dado por Pilar Tobar, hermana de Camilo desaparecido el 17 de abril de 2012, y en representación  de la Asociación de Familiares y Amigos de Personas Desaparecidas en Ecuador (Asfadec)
 "Las y los desaparecidos están presentes en cada instante"
 
La Constitución del Ecuador del 2008 en su artículo 45 dice: “El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la concepción”; es decir, ninguna persona puede privar o atentar contra la vida de cualquier otra persona. Uno de los derechos íntimamente relacionados con el derecho a la vida: derecho a la integridad personal, el cual garantiza una vida libre de violencia, prohíbe la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanas o degradantes.

El ser humano tiene derecho a mantener y conservar su integridad física, psíquica y moral. La integridad personal nos pertenece desde el momento mismo de nuestra existencia; es un derecho universal porque pertenece a todos los seres humanos en cualquier parte del mundo, sin distinción o discriminación de ninguna índole; es inviolable porque ni el Estado ni la sociedad civil pueden vulnerarlo; es necesario porque es un derecho que precautela la vida armónica de las personas; y, es irrenunciable, porque nadie puede prescindir de él. Es un derecho que permite al ser humano su existencia, sin sufrir ningún tipo de menoscabo físico, psíquico y moral.
En este contexto, la desaparición de personas ha sido catalogada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos como “una forma compleja de violación de los derechos humanos que debe ser comprendida y encarada de una manera integral” y, de acuerdo con la normativa constitucional ecuatoriana, la desaparición de personas se configura como una grave violación a los derechos humanos, que debe ser analizada de manera integral, porque no afecta solamente a la víctima sino que también a sus familiares y amigos. Sin embargo, en Ecuador no existe un dato exacto del número de personas desaparecidas; es decir, existe subregistro. Las estadísticas que emiten las diferentes entidades de justicia son diferentes y  contradictorias entre sí. Lo que pone en evidencia y confiesa que no existe en el país un panorama claro sobre la desaparición ni de la magnitud de este problema. En consecuencia, no se visibiliza sino sólo en forma accesoria, la necesidad de implementar una política integral que atienda la búsqueda, investigación y hallazgo inmediato de la persona desaparecida.
No es suficiente contar con herramientas tecnológicas, sino que los procedimientos y protocolos básicos de investigación sean conocidos por los agentes a cargo de la investigación, como son Fiscales y Policías, y que estos sean aplicados con ética y profesionalismo para ejecutar un trabajo óptimo. Los funcionarios de la unidad de desaparecidos no son especializados en investigación de desapariciones. Los fiscales no realizan seguimiento a sus disposiciones y ante el incumplimiento por parte de los agentes investigadores, no toman acciones correctivas pero sí creen que es suficiente con afirmar que "no pueden hacer nada ante el incumplimiento de los agentes policiales”, violando directa y expresamente lo consagrado en el Art. 195 de la Constitución de la República del Ecuador, en su parte medular sobre el rol de dirección de la acción penal que le corresponde a la Fiscalía.
En las reuniones con el Presidente de la República, repiten una y otra vez: “Estamos a un paso de resolver el caso” “Hay avances importantísimos en el caso pero no pueden ser revelados a los familiares por la reserva en la investigación”  pero el caso de los Desaparecidos están como Actuación Administrativa y según el COIP habla sobre la Reserva de la  investigación cuando señala que; a) la reserva aplica solamente en los procesos penales cuando estén en la etapa de investigación previa; aplica también a terceras personas  ajenas a la investigación  b) Para ser precisos el Art. 584.- dice: Las actuaciones de la Fiscalía, de la o el  juzgador, del personal del Sistema especializado integral de  investigación, medicina legal y ciencias forenses, la  Policía Nacional y de otras instituciones que intervienen  en la investigación previa, se mantendrán en reserva, sin  perjuicio del derecho de la víctima y de las personas a las  cuales se investiga y de sus abogados a tener acceso  inmediato, efectivo y suficiente a las investigaciones,  cuando lo soliciten. Entonces ¿de qué reserva de la investigación nos hablan?
En referencia al desempeño de la DINASED y al nivel de coordinación que debería tener con la Fiscalía, se observan graves falencias de la investigación inicial en cada uno de los casos, porque no toman en cuenta los indicios, pruebas, testimonios o elementos de convicción de manera prolija y técnica desde el inicio de la investigación.
El MINISTERIO DEL INTERIOR, no ha emitido un reporte escrito de la línea 1800-DELITO,  sobre la información recibida de la desaparición de nuestros familiares, detallando fecha en la que se receptó la información, datos del informante, contenido de la llamada, procedimiento que se siguió con la información recabada, etc.
El MINISTERIO DE JUSTICIA contrató abogados para que realizaran acciones de acompañamiento y veeduría; sin embargo dichos abogados nunca han presentado informe alguno o se han reunido con los familiares para realizar observaciones o sugerencias al proceso, por lo que desconocemos la función o servicios que estos profesionales ofrecen.
Sobre el cumplimiento de obligaciones de la DEFENSORÍA DEL PUEBLO en referencia a la observación que le compete realizar sobre el debido proceso, a la fecha no existe un informe escrito detallado en el que se dé cuenta de los hallazgos, observaciones, omisiones o errores procesales que se hayan cometido en las investigaciones de los casos de nuestros desaparecidos; especialmente de la disposición oportuna de las autoridades competentes para el inicio de las investigaciones. Nos interesa saber, por ejemplo, por qué no se ha realizado observación alguna sobre la alta rotación de fiscales e investigadores, la continua repetición de diligencias y versiones, la obtención de pruebas que no guarda rigor técnico y no conservan cadena de custodia, la recolección de evidencias que no han sido ingresadas a los respectivos expedientes, sobre las evidencias que han pasado de mano en mano, sobre investigadores que se ausentan por más de un mes de sus obligaciones, sobre declaraciones de fiscales que aseveran hipótesis sin fundamento en investigaciones exhaustivas sino que en deducciones prejuiciosas, entre otras.
Tampoco se ha concretado la realización de una BASE DE DATOS interinstitucional que dé cuenta de la información de personas NN que sean atendidas por instituciones públicas o privadas de salud, albergues, hogares de paso, centros de desintoxicación, etc…. No existe una base de datos única de personas NN que hayan sido enterradas en diversos cementerios del país de áreas urbanas o rurales; ya que aún se conservan prácticas de entierro de personas sin la debida identificación y registro.
La desaparición de personas es una problemática que el Ecuador ha vivido desde hace varias décadas y que las instituciones no han podido absorber, por omisión o por intención. De no ser por la presión de las familias, los casos como el de los Hnos. Restrepo, Consuelo Benavides, Gustavo Garzón no hubieran sido declarados como “desaparición forzada” por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, una instancia internacional, porque las instancias nacionales no dieron respuesta alguna.
Que este gobierno que se proclama como socialista y que, por tanto, debería abanderarse de las reivindicaciones sociales, de nuestra lucha por encontrar a los desaparecidos, cumpla no sólo en el discurso sino en la acción. Que marque diferencia con los gobiernos neoliberales que no nos abrieron las puertas, a través de la atención a los cambios profundos que demostramos se requieren. Dicen que Ecuador ya cambió y es cierto: el pueblo ya no se conforma con pequeños avances, sino con un buen trabajo de principio a fin.
Hoy nuestros desaparecidos están presentes. No sólo en esta exposición, en las fotos que llevamos como bandera. Están presentes en cada una de las marchas, en el grito de cada uno de nosotros, están golpeando los bombos, cobijando a sus hijos, ayudando a sus madres a caminar, acompañando a sus hermanos y abrazando a cada amigo.
Gracias

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