8 de marzo de 2017

8M: Nos están desapareciendo, nos están matando

Quito, 8 de marzo de 2017

Comunicado público

Vivas, libres, soñadoras, luchadoras y trabajadoras somos las mujeres, queremos seguir sonriendo y queremos seguir viviendo. Por eso hoy, 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer denunciamos que nos están desapareciendo, que no están matando, no solo cuando violentan nuestro cuerpo sino también cuando nos arrebatan a nuestros hijos, padres, madres, hermanas, abuelas, amigas. Las desaparecen y dejan una herida abierta en nuestros hogares y en la sociedad.

Una desaparición es una forma de sufrimiento doblemente paralizante: para las víctimas, muchas veces torturadas y siempre temerosas de perder la vida, y para los miembros de la familia, que no saben la suerte corrida por sus seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la esperanza y la desesperación”. [1]

Este dolor se profundiza aún más, cuando el Estado en vez de investigar de forma inmediata la desaparición de las personas como lo establece la normativa nacional e internacional, sobrepone prejuicios y estereotipos sobre la víctima: ‘que la joven se fue con el novio’,  ‘se fue por su propia voluntad’, ‘estaba embarazada’, ‘pronto va a volver´ ‘cómo viajaba sola’, ‘cómo le dan permisos los papas’, ‘no la cuidaron bien’, ‘ya estaba mayor’.

Una y otra vez hemos escuchado estas frases, primero cuando presentamos la denuncia; luego, cuando exigimos que las busquen; y ahora esas palabras se mudaron de las oficinas de la Fiscalía, a los plantones o marchas que realizamos para exigir una sola respuesta: dónde está Juliana, Leonor, Carolina, Luzmila, Giovanna, Viviana, Gladys, María Luisa, Shasha, Isabel Tamara, Nelly, Camilo, Telmo Orlando, Luis Daniel, Alexander, Byron, Gustavo, Luis Alfredo, David…

Este tipo de estereotipo sobre la víctima ya ha sido denunciado en organismos internacionales. En noviembre de 2009, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en el Caso González y otras (Campo Algodonero Vs. México) señaló que: “la Comisión alegó que “cuando se denunció cada desaparición, los familiares recibieron comentarios por parte de agentes estatales sobre la conducta de sus hijas que consideran influenciaron la inacción estatal posterior”. Además, “las autoridades minimizaban los hechos o desacreditaban” las denuncias de los familiares de las víctimas “bajo el pretexto de que eran muchachitas que ‘andaban con el novio’ o ‘andaban de voladas’. Por este caso, la Corte IDH condenó al Estado mexicano a reparar a las víctimas.

La falta de enfoque de género dentro de la investigación en Ecuador consiente que se responsabilice a la víctima sobre los hechos ocurridos lo que ocasiona una re victimización permanente hacia los familiares y constituye una acción no reparadora por parte del Estado.

En Ecuador se registra más de 4000 personas desaparecidas. De ellas, el 67% son mujeres.

Nosotras y nosotros exigimos justicia y verdad para encontrar a nuestros seres queridos que están desaparecidos.

Además, en este día recordamos al Estado ecuatoriano que “toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”[2] y “que no basta que los Estados se abstengan de violar los derechos, sino que es imperativa la adopción de medidas positivas, determinables en función de las particulares necesidades de protección del sujeto de derecho, ya sea por su condición personal o por la situación específica en que se encuentre”[3].

Finalmente, exigimos justicia y verdad para las personas desaparecidas que fueron encontradas sin vida.  Ellas y ellos siguen siendo el motor de nuestra lucha. No más impunidad.

Por el amor a nuestros hijos, hijas, hermanos, hermanas, madres, padres seguiremos luchando hasta que alguien nos responda dónde están, quién se los llevó y se haga justicia.







[1] Desapariciones Forzadas o Involuntarias, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Folleto Informativo Nº6/Rev.3
[2] Convención Interamericana para prevenir,  sancionar y erradicar la violencia contra la mujer  "Convencion de Belem do para". Artículo 1.
[3] Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), Caso González y otras (Campo Algodonero Vs. México), noviembre 2009. Párrafo 243. 

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