Quito, 8 de marzo de 2017
Comunicado público
Vivas, libres, soñadoras, luchadoras y trabajadoras somos las mujeres,
queremos seguir sonriendo y queremos seguir viviendo. Por eso hoy, 8 de marzo, Día
Internacional de la Mujer denunciamos que nos están desapareciendo, que
no están matando, no solo cuando violentan nuestro cuerpo sino también cuando
nos arrebatan a nuestros hijos, padres, madres, hermanas, abuelas, amigas. Las
desaparecen y dejan una herida abierta en nuestros hogares y en la sociedad.
“Una desaparición es una forma de sufrimiento
doblemente paralizante: para las víctimas, muchas veces torturadas y siempre
temerosas de perder la vida, y para los miembros de la familia, que no saben la
suerte corrida por sus seres queridos y cuyas emociones oscilan entre la
esperanza y la desesperación”. [1]
Este dolor se profundiza aún más, cuando el Estado en vez de investigar
de forma inmediata la desaparición de las personas como lo establece la
normativa nacional e internacional, sobrepone prejuicios y estereotipos sobre
la víctima: ‘que la joven se fue con el novio’, ‘se fue por su propia
voluntad’, ‘estaba embarazada’, ‘pronto va a volver´ ‘cómo viajaba sola’, ‘cómo
le dan permisos los papas’, ‘no la cuidaron bien’, ‘ya estaba mayor’.
Una y otra vez hemos escuchado estas frases, primero cuando presentamos
la denuncia; luego, cuando exigimos que las busquen; y ahora esas palabras se
mudaron de las oficinas de la Fiscalía, a los plantones o marchas que
realizamos para exigir una sola respuesta: dónde está Juliana, Leonor,
Carolina, Luzmila, Giovanna, Viviana, Gladys, María Luisa, Shasha, Isabel
Tamara, Nelly, Camilo, Telmo Orlando, Luis Daniel, Alexander, Byron, Gustavo,
Luis Alfredo, David…
Este tipo de estereotipo sobre la víctima ya ha sido denunciado en
organismos internacionales. En noviembre de 2009, la Corte Interamericana de
Derechos Humanos (CorteIDH) en el Caso González y otras (Campo Algodonero Vs.
México) señaló que: “la Comisión alegó que “cuando se denunció cada
desaparición, los familiares recibieron comentarios por parte de agentes estatales
sobre la conducta de sus hijas que consideran influenciaron la inacción
estatal posterior”. Además, “las autoridades minimizaban los hechos o
desacreditaban” las denuncias de los familiares de las víctimas “bajo el
pretexto de que eran muchachitas que ‘andaban con el novio’ o ‘andaban de
voladas’. Por este caso, la Corte IDH condenó al Estado mexicano a reparar a
las víctimas.
La falta de enfoque de género dentro de la investigación en Ecuador consiente
que se responsabilice a la víctima sobre los hechos ocurridos lo que ocasiona una
re victimización permanente hacia los familiares y constituye una acción no
reparadora por parte del Estado.
En Ecuador se registra más de 4000 personas desaparecidas. De ellas, el
67% son mujeres.
Nosotras y nosotros exigimos justicia y verdad para encontrar a nuestros
seres queridos que están desaparecidos.
Además, en este día recordamos al Estado ecuatoriano que “toda mujer tiene derecho a una vida libre de
violencia, tanto en el ámbito público como en el privado”[2] y “que
no basta que los Estados se abstengan de violar los derechos, sino que es
imperativa la adopción de medidas positivas, determinables en función
de las particulares necesidades de protección del sujeto de derecho, ya sea por
su condición personal o por la situación específica
en que se encuentre”[3].
Finalmente, exigimos justicia y verdad para las personas desaparecidas
que fueron encontradas sin vida. Ellas y
ellos siguen siendo el motor de nuestra lucha. No más impunidad.
Por el amor a nuestros hijos, hijas, hermanos, hermanas,
madres, padres seguiremos luchando hasta que alguien nos responda dónde están,
quién se los llevó y se haga justicia.
[1] Desapariciones
Forzadas o Involuntarias, Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para
los Derechos Humanos, Folleto Informativo Nº6/Rev.3
[2] Convención
Interamericana para prevenir, sancionar
y erradicar la violencia contra la mujer
"Convencion de Belem do para". Artículo 1.
[3]
Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), Caso
González y otras (Campo Algodonero Vs. México), noviembre 2009. Párrafo 243.
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